Un Establecimiento Sanitario, Una Publicidad Regulada
En España, las ópticas son establecimientos sanitarios (Real Decreto 1277/2003). Su publicidad se ajusta al contenido de su autorización sanitaria (Real Decreto 1907/1996, artículo 6) y, cuando sugiere una actividad sanitaria, lleva el número de registro que da la comunidad autónoma (Real Decreto 1277/2003, artículo 6).


